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Centro de Aprendizaje

Descripción general de las órdenes de protección

La violencia doméstica es un problema grave con consecuencias significativas, especialmente cuando afecta a menores. Las disputas familiares a menudo pueden consistir en violencia o amenazas de violencia. Sin embargo, la violencia doméstica tiene una larga historia de no ser abordada adecuadamente.

Una de las acciones legales que las víctimas pueden emprender es obtener una orden de protección . Estas órdenes permiten a las víctimas de violencia doméstica escapar del maltrato y romper la cadena de poder. Imponen restricciones a dicho maltrato, creando así una barrera entre la víctima y su agresor. Además, violar una orden de protección constituye un delito, lo que supone un fuerte incentivo para que el agresor se mantenga alejado.

¿CUÁLES SON LOS DIFERENTES TIPOS DE ÓRDENES DE PROTECCIÓN?

En Illinois hay tres tipos diferentes de órdenes de protección y la mayoría comienzan como órdenes de protección de emergencia:

  • ORDEN DE PROTECCIÓN DE EMERGENCIATras una audiencia de emergencia, se puede otorgar inmediatamente una orden de protección de emergencia. Esta es una orden temporal con una duración de veintiún días. La audiencia se lleva a cabo después de la fecha de vencimiento de los veintiún días y puede extenderse o rescindirse.
  • ORDEN DE PROTECCIÓN PROVISIONALSi la audiencia mencionada no se programa a tiempo, un juez puede dictar una orden de protección provisional para extender la orden de emergencia. Esta orden tiene una duración de treinta días.
  • ORDEN PLENARIA DE PROTECCIÓNTras la audiencia probatoria y la oportunidad de que ambas partes presenten sus pruebas, se dictará una orden de protección plenaria si la víctima ha demostrado su caso. Una orden de protección plenaria puede durar hasta dos años.

Según la Ley de Violencia Doméstica de Illinois de 1986, si el “tribunal determina que el peticionario ha sido abusado por un familiar o miembro del hogar… se emitirá una orden de protección que prohíba el abuso, la negligencia o la explotación”. 750 ILCS 60/214

¿QUÉ SE CONSIDERA ABUSO SEGÚN LA LEY?

El abuso puede adoptar diversas formas, incluyendo el físico o el psicológico. La Ley de Violencia Doméstica de Illinois define el «abuso» como abuso físico, acoso, intimidación de una persona dependiente, interferencia con la libertad personal o privación intencional de la misma (750 ILCS 60/103(1)).

  • ACOSO: Conducta a sabiendas que no es necesaria para lograr un propósito razonable dadas las circunstancias; que causaría angustia emocional a una persona razonable; y que sí causa angustia emocional al peticionario. Salvo que la presunción sea refutada por la preponderancia de la evidencia, se presumirá que las siguientes conductas causan angustia emocional: (i) crear disturbios en el lugar de trabajo o la escuela del peticionario; (ii) llamar repetidamente por teléfono al lugar de trabajo, domicilio o residencia del peticionario; (iii) seguir repetidamente al peticionario en un lugar o lugares públicos; (iv) vigilar repetidamente al peticionario permaneciendo presente fuera de su hogar, escuela, lugar de trabajo, vehículo u otro lugar ocupado por el peticionario o asomándose por las ventanas del peticionario; (v) ocultar indebidamente a un menor del peticionario, amenazar repetidamente con retirar indebidamente a un menor del peticionario de la jurisdicción o del cuidado físico del peticionario, amenazar repetidamente con ocultar a un menor del peticionario, o realizar una sola amenaza de este tipo después de una retirada o ocultación indebida, real o intentada, a menos que el demandado estuviera huyendo de un incidente o patrón. de violencia doméstica; o (vi) amenazar con fuerza física, confinamiento o restricción en una o más ocasiones”. 750 ILCS 60/103(7)
  • INTIMIDACIÓN DE UN DEPENDIENTE: “…someter a una persona dependiente debido a su edad, salud o discapacidad a participar o presenciar: fuerza física contra otra persona o confinamiento o restricción física de otra persona que constituya abuso físico según se define en esta Ley, independientemente de si la persona abusada es un miembro de la familia o del hogar”. 750 ILCS 60/103(10)
  • INTERFERENCIA CON LA LIBERTAD PERSONAL: “…cometer o amenazar con abuso físico, acoso, intimidación o privación voluntaria para obligar a otra persona a participar en una conducta de la que tiene derecho a abstenerse o a abstenerse de una conducta en la que tiene derecho a participar”. 750 ILCS 103(9)
  • PRIVACIÓN DE LA VOLUNTAD: “…negar deliberadamente a una persona que, debido a su edad, salud o discapacidad, requiere medicación, atención médica, alojamiento, alojamiento o servicios accesibles, alimentos, dispositivos terapéuticos u otra asistencia física, y por lo tanto exponer a esa persona al riesgo de daño físico, mental o emocional, excepto con respecto a la atención o tratamiento médico cuando la persona dependiente haya expresado su intención de renunciar a dicha atención o tratamiento médico”. 750 ILCS 60/103(15)

RECURSOS ÚTILES

Un patrón de violencia doméstica rara vez se detiene. Si usted sufre o ha sufrido abuso, es importante tomar medidas afirmativas para romper la cadena de poder, ya que este comportamiento dañino puede tener consecuencias graves y perjudiciales.

Si se encuentra en peligro inmediato, llame al 911, a su número de emergencia local o a la agencia policial local . Los siguientes recursos también pueden serle de ayuda:

  • National Domestic Violence Hotline:La línea directa cuenta con defensores que están disponibles para conversar las 27 horas del día, los 4 días de la semana, sobre intervención en crisis y derivaciones a recursos.
    • 800-799-SAFE (7233)
    • 800-787-3224 (TTY)
  • Línea directa de violencia doméstica de Illinois: esta línea directa cuenta con defensores locales de Illinois y están disponibles para chatear las 24 horas, los 7 días de la semana.
    • 847-221-5680
  • SHALVA(shalvacares.org) Una comunidad de apoyo dedicada a romper el ciclo de violencia doméstica, donde todos se sienten seguros y respetados en su hogar o relación. SHALVA ofrece una profunda competencia cultural judía y experiencia en violencia doméstica para apoyar a nuestra diversa comunidad. SHALVA empodera a quienes experimentan violencia doméstica y se recuperan de ella, ofreciendo asesoramiento confidencial o derivación, así como los servicios de apoyo necesarios. SHALVA trabaja por un cambio social duradero mediante la educación comunitaria, cuyo objetivo es aumentar la concienciación, la comprensión, la prevención y las relaciones saludables.
      • Principios rectores de SHALVA –
        • Creencia fundamental: Todos tienen derecho a sentirse seguros en su relación de pareja íntima.
        • SHALVA tiene sus raíces en los siguientes valores judíos:
          • Nos esforzamos por lograr relaciones pacíficas en el hogar basadas en la responsabilidad y el respeto mutuos. Shalom Bait (paz en el hogar).
          • Nuestro objetivo es brindar servicios de la más alta calidad centrados en el cliente en un entorno seguro y de apoyo. Chesed (amabilidad).
          • Creemos que el abuso doméstico es un problema comunitario. No debemos quedarnos de brazos cruzados ante el sufrimiento. Lo Ta'amod Al Dam Rayekha (no te quedes de brazos cruzados).
          • Ayudamos a nuestros clientes a mantener o recuperar su dignidad, su identidad y el control de sus vidas. Creemos que cada persona tiene un gran valor y merece ser tratada con respeto. Kavod (respeto)
        • El abuso doméstico no discrimina. Cualquier persona puede verse afectada por este tipo de violencia, independientemente de su identidad de género, raza, etnia, edad, orientación sexual, religión, educación o nivel socioeconómico.
Colette Gallo

Escrito por Colette Gallo

Asociado

Colette es una defensora compasiva e intrépida de nuestros clientes. Si bien se centra en trabajar con la intención de resolver disputas por todos los medios disponibles, nunca rehúye el litigio para que sus clientes obtengan todo lo que merecen. Proveniente de una familia con varios abogados, Colette decidió desde el principio que su pasión sería convertirse en abogada de familia. Eligió este camino porque disfruta poder ayudar a las personas que atraviesan a diario algunos de los momentos más difíciles de sus vidas.

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